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Mario Luis Altuzar SuárezMario Luis Altuzar Suárez
periodista y poeta, dirige la revista Arcano Político

México/Arcano Político
Los perjuros

Mario Luis Altuzar Suárez
felap.info, México, D.F.
viernes, 10 de abril de 2009

Enfrenta México el peligroso desafío de los administradores federales a la vida democrática e institucional. En la euforia de la campaña electoral emerge la sistemática violación al Estado de Derecho que rige la convivencia de una sociedad angustiada por la recesión económica estructural interna, agravada con el colapso del modelo mundial.

Con base en el necesario repaso jurídico, el artículo 49 constitucional manda que el Poder de la Federación se divida en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y al asumir la presidencia protesta “guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen”, dicta el artículo 87.

Si bien el poder legislativo se divide en dos Cámaras, son facultades de los senadores, con base en el artículo 76 constitucional, entre otras, Fracción III.- Autorizarlo también (al presidente) para que pueda permitir la salida de tropas nacionales fuera de los límites del país, el paso de tropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras de otras potencias, por más de un mes, en aguas mexicanas.

En el artículo 73 de la Carta Magna se ordena entre las facultades del Congreso de la Unión en su Fracción VIII: Para dar bases sobre las cuales el Ejecutivo pueda celebrar empréstitos sobre el crédito de la Nación, para aprobar esos mismos empréstitos y para reconocer y mandar pagar la deuda nacional.

Otro artículo, el 130 constitucional, en el inciso e) ordena: Los ministros (de culto) no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna.

Un espíritu jurídico bastante claro y que si bien fue promulgada la Carta Magna el cinco de febrero de 1917, sus reformas la actualizaron a las necesidades del momento, aunque en muchas ocasiones se incurrió en el capricho personal, es la Ley que juramentó el señor Felipe Calderón respetar y hacer respetar el 1 de diciembre de 2006.

La palabra, empero, muestra una abismal distancia de las acciones.

Lo reciente: El Sol de México, periódico insignia de OEM, publicó el 7 de marzo el reporte de nuestra compañera Carmen Flores, desde Washington: El general James Cartwright, el subjefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, anunció ejercicios conjuntos con México del 19 de abril al 7 de mayo.

Hay más: El dos de abril, desde Londres, el señor Felipe Calderón informó de un crédito del Fondo Monetario Internacional por 47 mil millones de dólares, parte de un paquete de 157 mil millones de dólares, según dijo el 1 de abril el gobernador del Banco de México, Guillermo Ortiz Martínez para blindar al país de la crisis.

Para el 1 de abril se conoció que Ana Teresa Aranda Orozco, subsecretaria de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, anunció que se desecharán las denuncias de diversos partidos políticos ante el Instituto Federal Electoral contra asociaciones religiosas por su presunta injerencia en temas políticos.

Previamente, el 19 de marzo, en un comunicado de prensa, la SHyCP observó que la Ley de Instituciones de Crédito data de 20 años por lo que soslayó el artículo 13 para proteger al Banamex, filial de Citigroup, cuyo director general es Manuel Medina Mora, primo hermano del fiscal de la Nación. El banco fue estatizado en el 36 por ciento.

En medio de la euforia electoral en que se designan candidatos a gobernador a panistas delegados de la SEDESOL, el primer administrador de la Nación cumple el mandato del ex gerente de una embotelladora transnacional en meses pasados en Querétaro: Dejar encargado el despacho para hacer proselitismo a favor del PAN.

Enfrenta México, entonces, un peligroso desafío a su vida institucional con la imposición de un gobierno de facto en donde, dice el diccionario del concepto perjuro: Que jura en falso o quebranta un juramento. Jurídicamente es una “causa grave” considerada en el artículo 86 Constitucional. Los legisladores tienen la palabra.

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